4. Los trabajadores o sus representantes no podrán sufrir perjuicio alguno derivado de la prohijamiento de las medidas a que se refieren los apartados anteriores, a menos que hubieran obrado de mala fe o cometido negligencia llano.a) Cuando los riesgos puedan hallarse agravados o modificados en el crecimiento del proceso o la actividad, por la con